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La Constitución vigente, ¿si o no?

Enviado por Redacción el 20. Septiembre 2009 @ 12:36 En Opinión | Ningún comentario

Opinión/ Derecho Constitucional

 papel mojado

Cubamatinal/ Continuando con el análisis de nuestra consulta anterior en cuanto a que si valía la pena esgrimir los postulados constitucionales vigentes para reclamar nuestros derechos cuando nos parecen (o lo son realmente) pisoteados, pasemos ahora a dejar sentados dos conceptos esenciales que deberán entenderse con claridad antes de continuar con este tema. [1] Enlace a la I Parte

Por Wilfredo Vallín Almeida

La Habana, 20 de septiembre /PD/ Decíamos anteriormente que la constitución es el documento FUNDAMENTAL y SUPREMO en la vida de una nación. Es FUNDAMENTAL porque ella es el ordenamiento básico sobre el que descansa todo el sistema legal y normativo de la vida social en su integridad. También acostumbra a decirse, al mismo tiempo, que es la ley “primaria”.

Este atributo de la fundamentalidad implica, además, su carácter de fuente de creación de los órganos primarios del Estado así como otorga validez a todas las normas de menor categoría que, tomándola como fuente, componen el derecho positivo, o sea, el derecho vigente en el país, de donde la Constitución aparece como Ley Suprema del Estado a todos los efectos.

Es decir que “fundamentalidad y supremacía”, por ende, son dos conceptos inseparables que denotan dos cualidades concurrentes en toda constitución, o sea, que ésta es suprema por ser fundamental y es fundamental porque es suprema.

Pasemos a un nuevo aspecto del problema. Las constituciones, ya sabemos, se han hecho para la regulación de la vida de la sociedad en un país determinado, luego entonces ella desempeña (o debe desempeñar) determinadas funciones .Así, entre las funciones que debería desempeñar todo texto constitucional se encuentran:

1) La organización jurídica de todos los poderes de la nación (ejecutivo, legislativo y judicial) sometidos irrestrictamente a la supremacía de los postulados constitucionales.

2) La organización de todos los problemas de la vida política (quien es el titular de la soberanía en el país, vías y formas de acceso al poder político, regulación electoral, reforma constitucional, etc.) y que sirva para dar cohesión, durabilidad y renovación pacífica a la vida social.
3) Una orientación teleológica y educativa (hacia donde debe dirigirse la nación) como meta ideal y más conveniente para su desarrollo ascendente y multifacético.
4) Legitimización del sistema político, pues todo sistema o gobierno se otorga a sí mismo atributos de idealidad, de perfección, de capacidad máxima para conducir, mejor que cualquier otro grupo, a la sociedad que dice representar.

Y es precisamente este último aspecto de las funciones de las constituciones el que nos dará la respuesta, próximamente, a la pregunta que ha encabezado nuestras dos últimas CONSULTAS: la constitución vigente, ¿sí o no?


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NTE-SI-O-NO-I-LA-CONSULTA.html

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